Si en su declaración anual le ha salido a pagar le tenemos una noticia buena y una mala, empezaremos por la mala, si su contador ya le dijo que tiene a pagar en su declaración anual seguramente se podrá hacer muy poco para evitar ese pago (en todo caso lo que si se puede hacer es efectuar el pago en parcialidades), debido a que en la declaración anual se presenta información que ya pasó es decir que no se puede modificar, por eso es importante que se acerque con su contador y prevea sus números para pagar lo menos que se pueda dentro de un marco legal y evitar un desembolso innecesario, por otro lado la buena noticia es que como apenas llevamos 4 meses de este año estamos a tiempo para ver que gastos se pueden considerar y así poder disminuir el pago de ISR de este año 2019, uno de los tantos conceptos que pueden considerar las personas físicas son las deducciones personales que son gastos que nada tienen que ver con la actividad del contribuyente pero que la Ley permite disminuirlos, dichos gastos no se consideran dentro del cálculo de los pagos provisionales de ISR pero sí se consideran en la declaración anual con los cuales se puede aminorar el ISR a pagar o incluso en algunas ocasiones nos pueden generan un saldo a favor el cual es susceptible de solicitar en devolución, a continuación mencionaremos algunas de las deducciones personales.
Honorarios médicos
Honorarios dentales
Gastos hospitalarios
Pagos a enfermeras
Análisis clínicos
Transportación escolar
Como se puede ver son varios los gastos que seguramente hace usted y quizá no los esté tomando en cuenta para disminuir su impuesto anual, la bondad que tienen las deducciones personales es que no solamente se considera el gasto efectuado para el contribuyentes sino que también para:
- su cónyuge
- concubina (o)
- papá
- mamá
- abuelos
- hijos
- nietos
Es importante señalar que se tienen que cumplir con varios requisitos para que se consideren como gasto en la declaración anual, algunos de ellos son:
- Contar con la factura correspondiente (xml)
- Pagar con cheque nominativo, transferencias, tarjeta de crédito, tarjeta de débito o de servicios
Nos ponemos a sus órdenes para revisar su situación fiscal personal y aprovechar los beneficios que la ley otorga en cada caso en específico.