A continuación vamos a definir algunas siglas que en este ejercicio 2014 las vamos a escuchar o utilizar frecuentemente
CFDI: comprobante fiscal digital por internet, los tienen que emitir las personas que estén obligados a expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen.
Lo que significa que si de acuerdo a la ley está usted obligado a expedir comprobantes fiscales tiene usted que emitir forzosamente CFDI, ya que legalmente a partir del 1 de enero de 2014 ya no existen los comprobantes con código de barras bidimensional (CBB) ni el comprobante fiscal digital (CFD) salvo que se encuentren en el supuesto para aprovechar la prórroga de 3 meses que otorgó el SAT, sin embargo a partir del 1 de abril de 2014 tendrá que cumplir con dicha obligación
CSD: certificado de sello digital, es un "archivo" que se utiliza exclusivamente para expedir CFDI´s
Este "archivo" se tramita para que las personas fisicas y morales puedan cumplir con la obligación de emitir CFDI´s
PAC: proveedor autorizado de certificación, son empresas (personas morales) autorizadas por el SAT para que efectúen la validación, asignación de folio e incorporación del sello digital al CFDI.
Lo que anteriormente se conocian como imprentas autorizadas ahora vienen a ser reemplazadas por empresas que tienen la infraestructura tecnológica para cumplir con los requisitos que señala el SAT y son las empresas que prestan el servicio para la generación de los CFDI´s
RIF: régimen de incorporación fiscal, es el nuevo régimen que se creó en la Ley del Impuesto sobre la Renta por el cual pueden optar por tributar quienes estaban en el régimen de pequeños contribuyentes o en el régimen intermedio siempre y cuando cumplan con los requisitos que para tal efecto señala el régimen de incorporación fiscal.
Como siempre esperando sea de utilidad dicha información quedamos como sus atentos y seguros servidores